Este artículo tiene la finalidad de dar a conocer las principales obligaciones y recomendaciones, establecidas en la ley, las cuales mejorarán el bienestar animal y la convivencia con nuestros semejantes, para ello el veterinario es el único profesional para orientarte sobre cuestiones de comportamiento, educación del cachorro, prevención de enfermedades…
La Ley de Protección de los Animales de Compañía (5/1997), recoge entre otras las siguientes prohibiciones:
PROHIBICIONES
- Maltratar, matar, a los animales o producirles daños injustificados.
- El abandono de animales.
- Mantenerlos permanentemente atados o inmovilizados.
- Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad.
- Manipular de manera artificial a los animales.
- No suministrarles la alimentación adecuada para su normal desarrollo.
- Mantenerlos en instalaciones inadecuadas.
- Vender, donar o ceder animales a menores de edad.
- Adiestrar animales para peleas.
- Venderlos para experimentación.
El poseedor de un animal tiene las siguientes Obligaciones:
OBLIGACIONES
- Mantener al animal en buenas condiciones higiénico sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y suministrándole la asistencia veterinaria que necesite.
- Proporcionarle un alojamiento adecuado a su raza o especie.
- Facilitarle la alimentación necesaria para su normal desarrollo.
- Denunciar la pérdida del animal.
- Efectuar la inscripción del animal en el registro correspondiente.
- Vacunación antirrábica.
- Identificación electrónica mediante implantación de microchip a todos los perros, gatos y hurones.